INSCRIPCIONES FINALIZADAS
Los menores de edad deberán llevar este documento rellenado y firmado por su padre/madre o tutor legal. Es necesario que el jugador tenga al menos 16 años en el momento de competir.
Formato de competición y gestión de enfrentamientos
● BO3 – Eliminación simple
*El formato de la competición puede verse alterado, dependerá del número de participantes.
● El check-in para la confirmación de participación: El capitán de cada equipo notificará a
el admin a cargo de la competición que su equipo está listo para el enfrentamiento al
menos 10 minutos antes, si tras 15 minutos de la hora del partido el equipo rival no se
presenta sin motivo justificable se dará su partido por perdido.
● Modo de juego 3vs3
● 5 minutos
● DH Stadium, No bots
NORMATIVA GENERAL – RED DE
TORNEOS ESPORTS COMPETITION
GENERAL.
2.A. DESCRIPCIÓN DE LA NORMATIVA.
2.A.A. La presente normativa sirve como herramienta auxiliar de la organización para establecer unas
pautas, orden y jerarquía a la hora de la celebración de la acción, siendo de obligado
cumplimiento por parte de los participantes.
2.A.B. Las decisiones e interpretaciones de la organización y administradores prevalecerá sobre
cualquier otro punto de la presente normativa.
2.A.C. La normativa, así como el formato, podrá ser objeto de modificaciones antes, durante y después de
la acción en base a las decisiones del equipo arbitral, sin necesidad de previo aviso a los
participantes. Esta modificación se justificará en la subsanación de errores de redacción, vacíos
normativos, reestructuración de la acción, clarificación de puntos o solventar disyuntivas no
contempladas hasta el momento.
2.A.D. La organización y la normativa velarán siempre por el juego limpio, la buena fe y el correcto
desarrollo de la acción.
2.A.E. En caso de que existan puntos de la normativa contradictorios entre sí, se aplicará según el
criterio y decisión de los monitores designados por la organización, o en su defecto, se aplicará el
menos perjudicial para el desarrollo de la acción.
2.B. REGLAS DE PARTICIPACIÓN
2.B.A. Podrán participar aquellas personas, que siendo residentes en Canarias, estén inscritas en la web
oficial del evento, teniendo siempre preferencia aquellas personas residentes en el municipio en el
que se realiza el torneo.
2.B.B. El jugador deberá inscribirse por si mismo y nunca más de una vez, no pudiendo participar como
jugador en más de un equipo dentro de un mismo torneo.
2.B.C. No podrán inscribirse:
> Jugadores baneados permanente en alguna de las cuentas del juego o en alguno de los torneos
previos desarrollados por la organización o en colaboración con la misma.
> Aquellos que tengan restringida su participación en las acciones organizadas por Boncho
Producciones o por las empresas colaboradoras. En estas restricciones se contemplan los baneos
permanentes, temporales o específicos aplicados por el equipo arbitral.
> Empleados de las empresas colaboradoras o patrocinadoras.
> Aquellos jugadores NO residentes en Canarias.
> Participantes que por la naturaleza de su denominación (nick o gametag, nombre de equipo,
imagen o denominativo) sean ofensivos o considerados inapropiados por la organización.
2.B.D. La organización podrá cancelar uno o más torneos por insuficiente participación notificando la
cancelación de manera anticipada y justificada a los participantes inscritos hasta la fecha a través
de los métodos de contacto detallados en las Políticas de Privacidad.
2.B.E. La participación es libre y gratuita.
2.B.F. La participación implica entender y aceptar estas normas, así como acatar los dictámenes de la
organización.
2.C. FORMAS DE CONTACTO.
2.C.C.A. Los métodos de contacto oficiales para comunicarse con la organización son los siguientes:
Correo electrónico de contacto info@bonchoproducciones.com
Discord del torneo www.toshigame.com/discord
2.D. MENORES DE EDAD.
2.D.A. Los menores de edad deberán contar con la autorización pertinente por parte de sus representantes
legales para poder participar en los torneos y actividades. No será necesaria ningún tipo de
autorización si el menor cumple la edad en el momento de dar comienzo su participación en las
actividades desarrolladas por la organización.
Cuando el padre, madre, tutor o representante legal da su conformidad para que el menor participe,
acepta el tutelaje así como la responsabilidad derivada de todas las acciones, en todas las
jurisdicciones, que lleve a cabo el menor en el marco de la acción. De igual manera tampoco podrá
participar en acciones cuyo PEGI ((Pan European Game Information, es el mecanismo
europeo que regula la edad recomendada para el uso del videojuego) no esté recomendado
para su edad, salvo que exista autorización expresa previa por parte de su representante legal. De igual manera no podrán participar en los torneos de PC jugadores menores de 16 años.
2.D.B. Los menores de 18 años deberán contar con la autorización pertinente por parte de sus
representantes legales para poder reclamar el premio de la acción. Si el menor cumple la mayoría de
edad antes de que surja el derecho a premio, no será necesaria la autorización.
2.D.C. Se entiende como representante legal al padre, madre o tutor legal que goce de la custodia del
menor.
2.D.E. En caso de ser menor de edad deberá rellenar el documento correspondiente y enviarlo al
correo facilitado por la organización.
2.E. PREMIOS.
2.E.A. El premio del torneo corresponde a material gaming.
Los premios se entregarán en un plazo aproximado de 120 días despues de la finalización del torneo.
2.F. FALTAS Y SANCIONES
2.F.A. RESPONSABILIDAD Y POTESTAD DISCIPLINARIA
2.F.A.1. La responsabilidad de las infracciones recaerá íntegramente en el propio infractor. En caso de
recaer en un equipo, asumirá la responsabilidad el representante del mismo.
2.F.A.2. La responsabilidad podría ser atenuada, siempre según el criterio de la organización, en caso de
que: a) existiera arrepentimiento inmediato; b) no hubiera sido sancionado con anterioridad;
c) hubiera realizado una corrección suficiente de la infracción inmediatamente tras su
acontecimiento; d) existan comportamientos dirigidos a demostrar la ausencia de dolo; e) sea
probado de forma fehaciente y evidente la no intencionalidad.
2.F.A.3. La responsabilidad puede ser agravada, siempre según el criterio de la organización, en caso de: a)
existiera reincidencia del infractor; b) el infractor haya sido sancionado anteriormente; c) en
general comportamientos dirigidos a demostrar la existencia de dolo.
2.F.A.4. La responsabilidad podrá ser extinguida, siempre según el criterio de la organización, en caso
de: a) el cumplimiento de la sanción; b) atenuamiento de la responsabilidad.
2.F.A.5. Cuando la infracción resulte en una falta o perjuicio económico para la organización, la
responsabilidad indemnizatoria se repartirá de la misma manera que la responsabilidad infractora.
2.F.A.6. La potestad disciplinaria recaerá sobre la organización, cuya decisiones son inapelables en el
mismo momento de su comunicación.
2.F.A.7. Las decisiones de la organización pueden ser recurridas al equipo arbitral, mediante el correo
electrónico info@bonchoproducciones.com suceso de forma motivada y aportando pruebas en
todo caso.
2.F.A.8. Las decisiones recurridas serán revisadas por la organización, que determinará una decisión final
de acuerdo a los intereses de la propia acción, en base a la normativa, la disyuntiva acontecida y la
motivación de la decisión recurrida.
2.F.A.9. El dictamen final será comunicado en un plazo máximo 72 horas.
2.F.B. CONDUCTAS SANCIONABLES
2.F.B.1. Uso de ayudas externas. Uso de programas o modificaciones externas para beneficio propio,
otorgando una ventaja sustancial sobre el resto de participantes (macros, scripts, cualquier
software que inyecte código o modifique el correcto funcionamiento del juego).
2.F.B.2. Amaño de competición. Cualquier acción o intento de alterar el fairplay de la competición
deliberadamente.
2.F.B.3. Abuso de bugs. El abuso de bugs de los juegos objeto de la acción, conocidos o no, de forma
deliberada.
2.F.B.4. Suplantación o usurpación. En caso de que el engaño sea constitutivo de delito, se pondrá en
conocimiento de las autoridades competentes.
2.F.B.5. Fraude. Intentar engañar a la organización de forma deliberada, en caso de que el engaño sea
constitutivo de delito, se pondrá en conocimiento de las autoridades competentes.
2.F.B.6. No estar inscrito o registrado en la acción. No estar inscrito en la acción concreta o no estar
registrado en la plataforma donde se desarrolla la misma.
2.F.B.7. “No-show” o incomparecencia. No hacer acto de presencia durante la acción, comprende
también la ausencia de check-in cuando sea requerido por la normativa específica de la acción.
2.F.B.8. Desconexión intencional. Según criterio de la organización, las desconexiones intencionales para
forzar el reinicio del encuentro u obtener algún tipo de ventaja atentando contra el fair-play.
2.F.B.9. Comportamiento indebido. Actitudes molestas, faltas de respeto, “spam”, “micspam”.
2.F.B.10.Desobediencia. Obedecer las decisiones de la organización (dentro del margen de la ley) es una
obligación por parte de los participantes.
2.F.B.11.Cualquier acto de difamación en redes sociales hacia la acción, organización, contrincantes,
empresas colaboradoras/patrocinadoras, podrá conllevar la perdida de título y premio obtenido.
2.F.B.12.Los participantes de la acción que realicen publicaciones en sus redes sociales que puedan
suponer un perjuicio a la organización o empresas colaboradoras podrán ser susceptibles de ser
objeto de medidas disciplinarias, y en su caso, aquellas amparadas por la legislación.
2.F.B.13.Cualquier otra conducta determinada por la organización o la normativa específica.
2.F.C. RÉGIMEN DE SANCIONES
2.F.C.1. Se considera una infracción toda aquella acción u omisión en sus modalidades, que vulnere,
impida o perturbe el normal desarrollo de la acción.
2.F.C.2. La organización se reserva la potestad disciplinaria, entendida como el derecho a asignar y aplicar
tanto faltas como avisos a su propia discreción, así como también retirarlas, incluso si la
infracción no está contemplada en la presente normativa.
2.F.C.4. La organización podrá sancionar de la siguiente forma:
> Apercibimiento verbal («warn», advertencia, aviso).
> Pérdida de partidos o puntos, en caso de acción donde exista puntaje. (Penalización)
> Descalificación de una acción concreta. (Eliminación)
> Restricción para participar en acciones futuras de forma temporal. (Baneo temporal)
> Restricción para participar en acciones futuras concretas. (Baneos específicos)
> Restricción para participar en acciones futuras, tanto presenciales como en las de carácter online,
organizadas por Boncho Producciones y empresas colaboradoras. (Baneo total)
2.F.C.5. Un baneo permanente en las cuentas de juego vinculadas a tu persona, o aplicado por parte de
la organización antes, durante o después de la acción significa la descalificación inmediata.
2.F.C.6. La descalificación supondrá la invalidación de la participación en la acción así como la pérdida
del derecho a optar a premio, incluso habiendo finalizado la competición.
2.G. DIFUSIÓN DE CONTENIDO
2.G.A. RETRANSMISIÓN DE PARTIDOS.
2.G.A.1. La organización y las empresas colaboradoras se reservan los derechos de emisión.
2.G.A.2. Se podrá realizar retransmisión en directo de la acción (streaming) siempre y cuando previo
permiso de la organización secumplan los requisitos requisitos:
> La organización no haga retransmisión oficial.
>En el título de la retransmisión debe figurar el hastag oficial #esports(acompañado del
municipio/isla)
>La retransmisión debe tener un delay suficiente que garantice el fair-play. Se establece de forma
orientativa en 3 minutos, variable en función de las necesidades de cada acción y juego.
2.G.B. GRABACIÓN DE PARTIDOS.
2.G.B.1. Se pueden realizar grabaciones de la acción. Se permitirá su subida a redes sociales siempre
y cuando en el título figure el hastag oficial #esports(acompañado del municipio/isla)
2.G.C RECURSOS GRÁFICOS.
2.G.C.1. Se pueden realizar grabaciones de la acción. Se permitirá su subida a redes sociales siempre
y cuando en el título figure el hastag oficial #esports(acompañado del municipio/isla)
2.H. REPORTES, QUEJAS Y SUGERENCIAS.
2.H.A. Los reportes a otros participantes deberán realizarse a través del correo electrónico
info@bonchoproducciones (en un máximo de 12 horas despues de finalizar la jornada) ,
explicando detalladamente qué infracción cometió y adjuntando pruebas (vídeos, screenshots
o audios) que sirvan como refuerzo. No se aceptarán reportes sin ningún tipo de fundamento.
2.H.B. La organización analizará el reporte y dará un veredicto como máximo en las 24 horas
posteriores tras su recepción.
2.H.C. Los reportes que no cumplan con el punto 3.E.A. serán desestimados, en caso de recibir un
reporte sin pruebas o sin la explicación requerida se interpretará como “demanda frívola” y el
participante que envíe el reporte podrá ser sancionado.
2.H.D. Las quejas y sugerencias deberán llegar a la organización mediante el sistema de soporte.
2.H.E. Si un participante desea recurrir una decisión arbitral, deberá hacerlo mediante el correo electrónico
info@bonchoproducciones explicando que ha ocurrido para que el equipo arbitral pueda revisar la
disyuntiva en un plazo máximo de 12 horas.
2.H.F. Aceptar la normativa implica haber leído y estar conforme con la Política de Privacidad y los
Términos y condiciones que se detallan en la web del evento.
- Normativa específica: BO1
3vs3 sin construcción en mapa personalizado.
NORMATIVA GENERAL – RED DE
TORNEOS ESPORTS COMPETITION
GENERAL.
2.A. DESCRIPCIÓN DE LA NORMATIVA.
2.A.A. La presente normativa sirve como herramienta auxiliar de la organización para establecer unas
pautas, orden y jerarquía a la hora de la celebración de la acción, siendo de obligado
cumplimiento por parte de los participantes.
2.A.B. Las decisiones e interpretaciones de la organización y administradores prevalecerá sobre
cualquier otro punto de la presente normativa.
2.A.C. La normativa, así como el formato, podrá ser objeto de modificaciones antes, durante y después de
la acción en base a las decisiones del equipo arbitral, sin necesidad de previo aviso a los
participantes. Esta modificación se justificará en la subsanación de errores de redacción, vacíos
normativos, reestructuración de la acción, clarificación de puntos o solventar disyuntivas no
contempladas hasta el momento.
2.A.D. La organización y la normativa velarán siempre por el juego limpio, la buena fe y el correcto
desarrollo de la acción.
2.A.E. En caso de que existan puntos de la normativa contradictorios entre sí, se aplicará según el
criterio y decisión de los monitores designados por la organización, o en su defecto, se aplicará el
menos perjudicial para el desarrollo de la acción.
2.B. REGLAS DE PARTICIPACIÓN
2.B.A. Podrán participar aquellas personas, que siendo residentes en Canarias, estén inscritas en la web
oficial del evento, teniendo siempre preferencia aquellas personas residentes en el municipio en el
que se realiza el torneo.
2.B.B. El jugador deberá inscribirse por si mismo y nunca más de una vez, no pudiendo participar como
jugador en más de un equipo dentro de un mismo torneo.
2.B.C. No podrán inscribirse:
> Jugadores baneados permanente en alguna de las cuentas del juego o en alguno de los torneos
previos desarrollados por la organización o en colaboración con la misma.
> Aquellos que tengan restringida su participación en las acciones organizadas por Boncho
Producciones o por las empresas colaboradoras. En estas restricciones se contemplan los baneos
permanentes, temporales o específicos aplicados por el equipo arbitral.
> Empleados de las empresas colaboradoras o patrocinadoras.
> Aquellos jugadores NO residentes en Canarias.
> Participantes que por la naturaleza de su denominación (nick o gametag, nombre de equipo,
imagen o denominativo) sean ofensivos o considerados inapropiados por la organización.
2.B.D. La organización podrá cancelar uno o más torneos por insuficiente participación notificando la
cancelación de manera anticipada y justificada a los participantes inscritos hasta la fecha a través
de los métodos de contacto detallados en las Políticas de Privacidad.
2.B.E. La participación es libre y gratuita.
2.B.F. La participación implica entender y aceptar estas normas, así como acatar los dictámenes de la
organización.
2.C. FORMAS DE CONTACTO.
2.C.C.A. Los métodos de contacto oficiales para comunicarse con la organización son los siguientes:
Correo electrónico de contacto info@bonchoproducciones.com
Discord del torneo www.toshigame.com/discord
2.D. MENORES DE EDAD.
2.D.A. Los menores de edad deberán contar con la autorización pertinente por parte de sus representantes
legales para poder participar en los torneos y actividades. No será necesaria ningún tipo de
autorización si el menor cumple la edad en el momento de dar comienzo su participación en las
actividades desarrolladas por la organización.
Cuando el padre, madre, tutor o representante legal da su conformidad para que el menor participe,
acepta el tutelaje así como la responsabilidad derivada de todas las acciones, en todas las
jurisdicciones, que lleve a cabo el menor en el marco de la acción. De igual manera tampoco podrá
participar en acciones cuyo PEGI ((Pan European Game Information, es el mecanismo
europeo que regula la edad recomendada para el uso del videojuego) no esté recomendado
para su edad, salvo que exista autorización expresa previa por parte de su representante legal. De igual manera no podrán participar en los torneos de PC jugadores menores de 16 años.
2.D.B. Los menores de 18 años deberán contar con la autorización pertinente por parte de sus
representantes legales para poder reclamar el premio de la acción. Si el menor cumple la mayoría de
edad antes de que surja el derecho a premio, no será necesaria la autorización.
2.D.C. Se entiende como representante legal al padre, madre o tutor legal que goce de la custodia del
menor.
2.D.E. En caso de ser menor de edad deberá rellenar el documento correspondiente y enviarlo al
correo facilitado por la organización.
2.E. PREMIOS.
2.E.A. El premio del torneo corresponde a material gaming.
Los premios se entregarán en un plazo aproximado de 120 días despues de la finalización del torneo.
2.F. FALTAS Y SANCIONES
2.F.A. RESPONSABILIDAD Y POTESTAD DISCIPLINARIA
2.F.A.1. La responsabilidad de las infracciones recaerá íntegramente en el propio infractor. En caso de
recaer en un equipo, asumirá la responsabilidad el representante del mismo.
2.F.A.2. La responsabilidad podría ser atenuada, siempre según el criterio de la organización, en caso de
que: a) existiera arrepentimiento inmediato; b) no hubiera sido sancionado con anterioridad;
c) hubiera realizado una corrección suficiente de la infracción inmediatamente tras su
acontecimiento; d) existan comportamientos dirigidos a demostrar la ausencia de dolo; e) sea
probado de forma fehaciente y evidente la no intencionalidad.
2.F.A.3. La responsabilidad puede ser agravada, siempre según el criterio de la organización, en caso de: a)
existiera reincidencia del infractor; b) el infractor haya sido sancionado anteriormente; c) en
general comportamientos dirigidos a demostrar la existencia de dolo.
2.F.A.4. La responsabilidad podrá ser extinguida, siempre según el criterio de la organización, en caso
de: a) el cumplimiento de la sanción; b) atenuamiento de la responsabilidad.
2.F.A.5. Cuando la infracción resulte en una falta o perjuicio económico para la organización, la
responsabilidad indemnizatoria se repartirá de la misma manera que la responsabilidad infractora.
2.F.A.6. La potestad disciplinaria recaerá sobre la organización, cuya decisiones son inapelables en el
mismo momento de su comunicación.
2.F.A.7. Las decisiones de la organización pueden ser recurridas al equipo arbitral, mediante el correo
electrónico info@bonchoproducciones.com suceso de forma motivada y aportando pruebas en
todo caso.
2.F.A.8. Las decisiones recurridas serán revisadas por la organización, que determinará una decisión final
de acuerdo a los intereses de la propia acción, en base a la normativa, la disyuntiva acontecida y la
motivación de la decisión recurrida.
2.F.A.9. El dictamen final será comunicado en un plazo máximo 72 horas.
2.F.B. CONDUCTAS SANCIONABLES
2.F.B.1. Uso de ayudas externas. Uso de programas o modificaciones externas para beneficio propio,
otorgando una ventaja sustancial sobre el resto de participantes (macros, scripts, cualquier
software que inyecte código o modifique el correcto funcionamiento del juego).
2.F.B.2. Amaño de competición. Cualquier acción o intento de alterar el fairplay de la competición
deliberadamente.
2.F.B.3. Abuso de bugs. El abuso de bugs de los juegos objeto de la acción, conocidos o no, de forma
deliberada.
2.F.B.4. Suplantación o usurpación. En caso de que el engaño sea constitutivo de delito, se pondrá en
conocimiento de las autoridades competentes.
2.F.B.5. Fraude. Intentar engañar a la organización de forma deliberada, en caso de que el engaño sea
constitutivo de delito, se pondrá en conocimiento de las autoridades competentes.
2.F.B.6. No estar inscrito o registrado en la acción. No estar inscrito en la acción concreta o no estar
registrado en la plataforma donde se desarrolla la misma.
2.F.B.7. “No-show” o incomparecencia. No hacer acto de presencia durante la acción, comprende
también la ausencia de check-in cuando sea requerido por la normativa específica de la acción.
2.F.B.8. Desconexión intencional. Según criterio de la organización, las desconexiones intencionales para
forzar el reinicio del encuentro u obtener algún tipo de ventaja atentando contra el fair-play.
2.F.B.9. Comportamiento indebido. Actitudes molestas, faltas de respeto, “spam”, “micspam”.
2.F.B.10.Desobediencia. Obedecer las decisiones de la organización (dentro del margen de la ley) es una
obligación por parte de los participantes.
2.F.B.11.Cualquier acto de difamación en redes sociales hacia la acción, organización, contrincantes,
empresas colaboradoras/patrocinadoras, podrá conllevar la perdida de título y premio obtenido.
2.F.B.12.Los participantes de la acción que realicen publicaciones en sus redes sociales que puedan
suponer un perjuicio a la organización o empresas colaboradoras podrán ser susceptibles de ser
objeto de medidas disciplinarias, y en su caso, aquellas amparadas por la legislación.
2.F.B.13.Cualquier otra conducta determinada por la organización o la normativa específica.
2.F.C. RÉGIMEN DE SANCIONES
2.F.C.1. Se considera una infracción toda aquella acción u omisión en sus modalidades, que vulnere,
impida o perturbe el normal desarrollo de la acción.
2.F.C.2. La organización se reserva la potestad disciplinaria, entendida como el derecho a asignar y aplicar
tanto faltas como avisos a su propia discreción, así como también retirarlas, incluso si la
infracción no está contemplada en la presente normativa.
2.F.C.4. La organización podrá sancionar de la siguiente forma:
> Apercibimiento verbal («warn», advertencia, aviso).
> Pérdida de partidos o puntos, en caso de acción donde exista puntaje. (Penalización)
> Descalificación de una acción concreta. (Eliminación)
> Restricción para participar en acciones futuras de forma temporal. (Baneo temporal)
> Restricción para participar en acciones futuras concretas. (Baneos específicos)
> Restricción para participar en acciones futuras, tanto presenciales como en las de carácter online,
organizadas por Boncho Producciones y empresas colaboradoras. (Baneo total)
2.F.C.5. Un baneo permanente en las cuentas de juego vinculadas a tu persona, o aplicado por parte de
la organización antes, durante o después de la acción significa la descalificación inmediata.
2.F.C.6. La descalificación supondrá la invalidación de la participación en la acción así como la pérdida
del derecho a optar a premio, incluso habiendo finalizado la competición.
2.G. DIFUSIÓN DE CONTENIDO
2.G.A. RETRANSMISIÓN DE PARTIDOS.
2.G.A.1. La organización y las empresas colaboradoras se reservan los derechos de emisión.
2.G.A.2. Se podrá realizar retransmisión en directo de la acción (streaming) siempre y cuando previo
permiso de la organización secumplan los requisitos requisitos:
> La organización no haga retransmisión oficial.
>En el título de la retransmisión debe figurar el hastag oficial #esports(acompañado del
municipio/isla)
>La retransmisión debe tener un delay suficiente que garantice el fair-play. Se establece de forma
orientativa en 3 minutos, variable en función de las necesidades de cada acción y juego.
2.G.B. GRABACIÓN DE PARTIDOS.
2.G.B.1. Se pueden realizar grabaciones de la acción. Se permitirá su subida a redes sociales siempre
y cuando en el título figure el hastag oficial #esports(acompañado del municipio/isla)
2.G.C RECURSOS GRÁFICOS.
2.G.C.1. Se pueden realizar grabaciones de la acción. Se permitirá su subida a redes sociales siempre
y cuando en el título figure el hastag oficial #esports(acompañado del municipio/isla)
2.H. REPORTES, QUEJAS Y SUGERENCIAS.
2.H.A. Los reportes a otros participantes deberán realizarse a través del correo electrónico
info@bonchoproducciones (en un máximo de 12 horas despues de finalizar la jornada) ,
explicando detalladamente qué infracción cometió y adjuntando pruebas (vídeos, screenshots
o audios) que sirvan como refuerzo. No se aceptarán reportes sin ningún tipo de fundamento.
2.H.B. La organización analizará el reporte y dará un veredicto como máximo en las 24 horas
posteriores tras su recepción.
2.H.C. Los reportes que no cumplan con el punto 3.E.A. serán desestimados, en caso de recibir un
reporte sin pruebas o sin la explicación requerida se interpretará como “demanda frívola” y el
participante que envíe el reporte podrá ser sancionado.
2.H.D. Las quejas y sugerencias deberán llegar a la organización mediante el sistema de soporte.
2.H.E. Si un participante desea recurrir una decisión arbitral, deberá hacerlo mediante el correo electrónico
info@bonchoproducciones explicando que ha ocurrido para que el equipo arbitral pueda revisar la
disyuntiva en un plazo máximo de 12 horas.
2.H.F. Aceptar la normativa implica haber leído y estar conforme con la Política de Privacidad y los
Términos y condiciones que se detallan en la web del evento.
Revisa con regularidad las normativas. La organización se reserva el derecho de modificarlas si lo considera necesario antes de la realización de los mismos.
FORTNITE: AL PARTICIPAR EN ESTE
EVENTO, EN LA MEDIDA PERMITIDA POR LA LEY APLICABLE, LOS JUGADORES ACEPTAN
INDEMNIZAR Y EXIMIR A EPIC GAMES, INC., SUS LICENCIANTES, SUS RESPECTIVOS AFILIADOS Y
EMPLEADOS, FUNCIONARIOS, DIRECTORES, AGENTES, CONTRATISTAS Y OTROS REPRESENTANTES
DE TODAS LAS RECLAMACIONES, DEMANDAS, ACCIONES, PÉRDIDAS, RESPONSABILIDADES Y
GASTOS RELACIONADOS CON EL EVENTO.
ROCKET LEAGUE: ESTE TORNEO NO ESTÁ
PATROCINADO, AVALADO NI ADMINISTRADO POR NI ASOCIADO CON PSYONIX LLC. LA
INFORMACIÓN QUE LOS JUGADORES PROPORCIONEN EN RELACIÓN CON ESTE TORNEO SE PROPORCIONA AL ORGANIZADOR DEL TORNEO Y NO A PSYONIX LLC. AL PARTICIPAR EN ESTE
TORNEO, EN LA MEDIDA PERMITIDA POR LA LEY APLICABLE, LOS JUGADORES ACEPTAN EXIMIR
DE TODA RESPONSABILIDAD A PSYONIX LLC, SU EMPRESA MATRIZ, SUS LICENCIADORES, SUS
AFILIADOS Y SUS EMPLEADOS, FUNCIONARIOS, DIRECTORES, AGENTES, CONTRATISTAS Y OTROS
REPRESENTANTES, Y EXIMIRLOS DE TODA RECLAMACIÓN, DEMANDA, ACCIÓN, PÉRDIDA,
RESPONSABILIDAD Y GASTO RELACIONADOS CON EL TORNEO.